El vicepresidente de la corte suprema de justicia, magistrado Rafael Solís declaro “que no existe desde el punto de vista jurídico nada que le impida a la primera dama de la republica, Rosario Murillo ejercer el cargo de coordinadora del Consejo de Comunicación y Ciudadanía”, porque a su criterio Murillo “no tiene ningún grado de consanguinidad con el presidente Ortega”.
El magistrado Solís dijo que existen dos tesis sobre el tema de la consanguinidad de la pareja y para “algunos magistrados”, la esposa o viceversa no cabe en “ningún grado”. “No hay ningún grado, entre el Presidente de la República, según esa tesis, entonces ella puede ocupar cualquier cargo”, añadió.
Sin embargo la polémica se genera en la Ley de Probidad de los Servidores Públicos, en su Capítulo tercero, artículo 11, inciso a, inhabilita para el ejercicio de la función pública a “el cónyuge o el acompañante en unión de hecho estable, los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad”.