El gobierno de Colombia, señaló su disconformidad a Nicaragua por el asilo concedido, el domingo pasado, a una colombiana señalada de ser miembro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
El canciller Jaime Bermúdez dijo a los periodistas "protestamos por el hecho que se le de asilo a una persona que es terrorista" e indicó que "Colombia no puede aceptar... ese tipo de actuaciones", porque las FARC es considerada por el Estado colombiano como una organización terrorista.
En los últimos meses, Bogotá ha protestado a Managua casi tres veces por la actuación del gobierno nicaragüense, ante el grupo armado.
En discursos anteriores el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega Saavedra, calificó de "hermanos" a los rebeldes de las FARC y dijo estar dispuesto a dialogar con ellos sobre la paz, ya fuera con o sin la autorización del gobierno colombiano.
El mandatario Ortega Saavedra, dio asilo a “Esperanza”, esposa de uno de los guerrilleros muertos durante la ofensiva del ejército de Colombia, el pasado 1 de Marzo del 2008, en la frontera que separa a Ecuador y Colombia, lugar donde murió el ex- jefe guerrillero Raúl Reyes junto a otros insurgentes.
No obstante el mandatario de Colombia, Álvaro Uribe aseguro el lunes que "el derecho de asilo en el mundo no es para terroristas".
Por su parte el canciller nicaragüense, Samuel Santos López, defendió la decisión del gobierno al señalar que el asilo no se da por “molestar a nadie” sino por razones humanitarias.
"Es un derecho y una obligación humanitaria, conceder asilo a alguien que lo solicita.... cualquiera sea la causa". "Lo hemos dicho con toda claridad que de cualquier parte del mundo quien solicite un asilo a Nicaragua, sabe que lo tiene porque es una necesidad humanitaria", acotó el diplomático a la radio colombiana Caracol.
Nicaragua, brindó refugio a las colombianas Doris Torres Bohórquez de 21 años y Martha Pérez Gutiérrez, de 24, que llegaron desde Quito a Nicaragua en mayo y en el mes de abril a la mexicana Lucía Morett, de 26 años, otra sobreviviente del ataque al campamento de las FARC.
La Constitución Política de Nicaragua, en su artículo 42 reza el reconocimiento y garantiza el “derecho del refugio y el asilo. El refugio y el asilo amparan únicamente a los perseguidos por luchar en pro de la democracia, la paz, la justicia y los derechos humanos”.