I. Origen y mandato
El Gobierno del Ecuador por medio de la nota de fecha 2 de marzo de 2008 solicitó la convocatoria del Consejo Permanente de la OEA para que en sesión extraordinaria considerara la incursión en territorio del Ecuador de la fuerza pública colombiana para realizar un operativo contra integrantes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
El Consejo Permanente de la OEA celebró dicha sesión extraordinaria los días 4 y 5 de marzo del 2008. El 5 de marzo adoptó la resolución CP/Res. 930 (1632/08) “Convocatoria de la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y Nombramiento de una Comisión” por la que resolvió:
“1. Reafirmar el principio de que el territorio de un Estado es inviolable y no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera fuera el motivo, aún de manera temporal.
2. Constituir una Comisión encabezada por el Secretario General e integrada por cuatro embajadores designados por éste, que visite ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, eleve el correspondiente informe a la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y proponga fórmulas de acercamiento entre ambas naciones.
3. Convocar, al amparo de lo dispuesto en los artículos 61, 62 y 63 de la Carta de la OEA, a una Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores para el lunes 17 de marzo de 2008, en la sede de la OEA, con el fin de que examine los hechos y formule las recomendaciones pertinentes”.
[Véase Anexo 1- Resolución del Consejo Permanente de la OEA CP/Res.930 (1632/08]
De acuerdo con lo resuelto en el numeral dos de la Resolución, el Secretario General de la OEA invitó a integrar dicha Comisión a los siguientes cuatro Representantes Permanentes ante la OEA: Embajador Rodolfo Gil de Argentina, Embajador Osmar Chohfi de Brasil, Embajador Arístides Royo de Panamá y Embajadora María Zavala de Perú. Además, el Embajador de Bahamas, Cornelius Smith, integró la Comisión en su calidad de Presidente del Consejo Permanente de la OEA.
Esta Comisión partió de Washington, DC en la madrugada del 9 de marzo en una aeronave de la Fuerza Aérea de Brasil puesta a disposición para el efecto por el Gobierno de dicho país. La Comisión realizó sus trabajos primero en el Ecuador los días 9 y 10 de marzo. El 10 de marzo por la noche se trasladó a Colombia y emprendió el viaje de regreso a Washington, DC en la tarde del 12 de marzo. Como lo establece la resolución del Consejo Permanente, la Comisión visitó los lugares y sostuvo las reuniones que le fueron propuestas por cada uno de los gobiernos de los Estados concernidos.
La Comisión desea expresar su agradecimiento por la amplia colaboración brindada por las autoridades de ambos gobiernos y por toda la información proporcionada para el cumplimiento de su mandato. Asimismo, agradece a los Gobiernos de la República de Colombia y de la República del Ecuador por tomar a su cargo la hospitalidad y el traslado de la delegación en cada país.
Por este medio, la Comisión expresa su agradecimiento al Gobierno de Brasil por disponer de un avión de la Fuerza Aérea de ese país para el traslado desde Washington, DC a las ciudades capitales de Colombia y Ecuador para el cumplimiento de la misión encomendada. Esto permitió el traslado de la Comisión hacia ambos países para el cumplimiento de la agenda prevista y el retorno de la delegación a Washington, DC.
Es pertinente mencionar que en el período transcurrido entre la aprobación de la resolución por parte del Consejo Permanente de la OEA y el viaje de la Comisión se llevó a cabo la XX Cumbre del Grupo de Río en República Dominicana el 7 de marzo de 2008. En dicho encuentro, los Jefes de Estado debatieron ampliamente acerca del Estado de tensión existente en la región. Luego de ese debate, aprobaron la resolución en la que se respaldó el trabajo encomendado por la OEA a la Comisión. [Véase Anexo 2 – Declaración de los Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río sobre los acontecimientos recientes entre Ecuador y Colombia].
Cabe mencionar que el Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, hizo público el apoyo de esa Organización al trabajo realizado por la OEA en pos de un acercamiento entre Ecuador y Colombia. En este sentido, en un comunicado del 6 de marzo, el Secretario General de la ONU “manifestó su total apoyo a la gestión mediadora de la Organización de los Estados Americanos frente a la crisis entre Colombia y Ecuador” y expresó que la resolución adoptada por el Consejo Permanente de la OEA sobre este tema “provee un mecanismo imparcial para clarificar los eventos y ofrece a ambas naciones un camino para resolver sus diferencias de forma pacífica y en cooperación”.
[Véase Anexo 3 – Comunicado de Prensa de la ONU].
II. Visita al Ecuador
A su llegada al país, conforme a la agenda prevista, la Comisión se reunió con el Presidente de la República del Ecuador, Rafael Correa, miembros de su gabinete y otras altas autoridades de su gobierno. [Véase Anexo 4 –Agenda en el Ecuador]. El Presidente Correa expresó su agradecimiento a la OEA y a la Comisión por la rapidez con la que inició sus trabajos. Señaló que en la Cumbre del Grupo de Río se había dado por superado en lo político el incidente y, en consecuencia, las tensiones a nivel de los dos gobiernos habían empezado a disminuir, si bien en lo personal le resultaría muy difícil tener nuevamente confianza en su interlocutor. Sin embargo, el Presidente reiteró que es imprescindible conocer toda la verdad sobre el hecho tanto en lo que se refiere a todos los aspectos de la incursión militar colombiana, así como averiguar si se respetó el derecho internacional humanitario. En este sentido, el Presidente destacó que las tareas de la Comisión son importantes porque permitirán verificar los hechos ocurridos el primero de marzo y, con base en ello, proponer mecanismos o medidas que permitan evitar su repetición en un futuro.
El Presidente Correa expresó algunas inquietudes específicas relacionadas con el incidente: 1) si el bombardeo se habría realizado sobrevolando el espacio aéreo ecuatoriano, 2) qué tipo de aviones y de tecnología se utilizó para ello, 3) el tiempo que duró la incursión de Fuerzas Militares colombianas en territorio ecuatoriano, 4) cómo se detectó la presencia de Luis Edgar Devia Silva alias “Raúl Reyes” y por qué se le eliminó en territorio ecuatoriano, 5) en qué condiciones estaban los cuerpos de los integrantes fallecidos de las FARC que se encontraron en el campamento y 6) al existir entre los fallecidos cuerpos con heridas de bala en la espalda y a una distancia corta, si es que se respetaron las normas de derecho internacional humanitario.
Respecto al funcionamiento de la Comisión Binacional Fronteriza entre la República del Ecuador y la República de Colombia (COMBIFRON), el Presidente Correa expresó su voluntad de que la misma pudiera reactivarse y fortalecerse de manera que los diversos aspectos de seguridad en la frontera pudieran resolverse en ese ámbito. Finalmente, se presentó un video que muestra el estado en que se encontró el campamento ocupado por las FARC cuando arribaron las autoridades y fuerzas militares del Ecuador. [Véase Anexo 6 – Listado de documentos entregados a la Comisión].
Luego del almuerzo ofrecido por la Ministra de Relaciones Exteriores del Ecuador, María Isabel Salvador, la Comisión sostuvo una reunión de trabajo en la que se realizaron las siguientes presentaciones:
> Información general sobre el área de frontera, las operaciones realizadas por las fuerzas armadas del Ecuador en contra de grupos irregulares, las incursiones anteriores de fuerzas militares colombianas en territorio ecuatoriano: presentación realizada por el Ministro de la Defensa Nacional, Señor Wellington Sandoval
> Informe técnico militar del sitio del bombardeo en el que se detallan los lugares de impacto de las bombas y el tipo de bombas utilizadas: presentación realizada por el Mayor Piloto de Aviación Santiago Galarza y el Capitán Técnico de Aviación Eduardo Narváez
> Actividades realizadas por los Departamentos de Criminalística y Medicina Legal de la Policía Judicial del Ecuador con relación al incidente en la provincia de Sucumbíos-sector de Angostura: presentación realizada por el Teniente Coronel Milton Zárate del Departamento de Criminalística de la Policía Nacional
> Análisis jurídico sobre las consecuencias de la incursión colombiana en territorio ecuatoriano: presentación realizada por el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración (encargado) – José Valencia
Sobre todos estos temas fueron entregados documentos que constan en los anexos [Véase Anexo 6 –Listado de documentos entregados a la Comisión].
La Comisión realizó una visita al Hospital Militar donde se encontraban las tres mujeres heridas – dos de nacionalidad colombiana y 1 mexicana - , sobrevivientes al ataque al campamento, entrevistando a dos de ellas. La joven mexicana Lucía Andrea Morett se encontraba aún en estado de shock y su versión fue muy confusa. La joven colombiana, Marta, revivió con mucha claridad las explosiones que la despertaron en medio de la noche, el momento en que se sintió herida, los ruidos y quejidos que escuchó durante varias horas, la llegada de los helicópteros y de los soldados, su encuentro con ellos cuando le preguntaron por Reyes, los disparos y gritos, los anuncios de que se había encontrado a Reyes y más tarde escuchó que habían encontrado una computadora. Los soldados la atendieron, primero le dijeron que se la llevarían y la pusieron en una camilla y más tarde sintió que se marchaban. Luego esperó, teniendo cerca a la mexicana, durante varias horas hasta la llegada del personal ecuatoriano.
La Comisión también sostuvo una reunión con representantes de la sociedad civil ecuatoriana al final del 9 de marzo de 2008, con la participación del Ministro Coordinador de la Política, Ricardo Patiño.
El 10 de marzo de 2008, la Comisión se trasladó en un avión de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) a Lago Agrio (Nueva Loja) en la provincia de Sucumbíos y, de allí viajó en helicópteros al lugar de los hechos ubicado en el sector de Angostura, a 1800 metros de la frontera con Colombia. Los miembros de la Comisión recorrieron el campamento con las autoridades ecuatorianas quienes mostraron los cráteres producidos por el impacto de las bombas lanzadas por los aviones colombianos, los árboles con los impactos de bala, los puntos donde se encontraron las antenas de Direct TV, los diferentes espacios utilizados por los miembros de las FARC (cocina, dormitorios, sala de instrucción, generadores eléctricos, comedor, corral, pozas para el aseo), el sitio donde se encontraron los cadáveres y las heridas. El campamento está ubicado en una zona selvática de difícil acceso con árboles muy altos, vegetación densa y sin áreas habitadas en las proximidades del mismo. Según lo indicado por el Ministro de la Defensa del Ecuador, Wellington Sandoval, el campamento tenía una antigüedad de 2 a 3 meses, en el se instalaba alrededor de 20-30 personas, recibían personas que venían de afuera y encontraron 30 fusiles AK-47, M-16 y 1 ametralladora.
Previamente a su salida del país, el Secretario General y algunos miembros de la Comisión sostuvieron una reunión con el capítulo ecuatoriano del Grupo de Diálogo Colombia-Ecuador auspiciado por el Centro Carter con el apoyo del PNUD.
Además, ofreció una rueda de prensa a los medios de comunicación nacional e internacional para informar sobre las actividades realizadas durante su permanencia en el país. Esa misma noche, la Comisión se trasladó a la ciudad de Bogotá.
III. Visita a Colombia
La Comisión, el día 11 de marzo de acuerdo con la agenda convenida [Véase Anexo 5 –Agenda en Colombia], sostuvo una reunión de trabajo con autoridades del Ministerio de la Defensa y de las Fuerzas Militares Colombianas en el Comando Aéreo de Transporte Militar (CATAM) en la cual se realizaron presentaciones sobre la ubicación de radares, comunicaciones Colombia-Ecuador a nivel de Cancillerías y COMBIFRON y la descripción de la Operación Fénix que constan en el presente documento y otras informaciones que se consignan en el anexo respectivo. [Véase Anexo 6 – Listado de documentos entregados a la Comisión].
Una vez concluidas las presentaciones, la Comisión se desplazó a Puerto Asís en el Departamento del Putumayo en un avión de la Fuerza Aérea Colombiana. En dicha localidad, la Comisión sostuvo una breve reunión con el Gobernador del Departamento del Putumayo, con 3 desmovilizados de las FARC y con una dirigente local de Teteyé. Posteriormente, la Comisión realizó un sobrevuelo en helicópteros de la zona fronteriza con el Ecuador durante el cual las autoridades de Colombia indicaron el lugar en territorio colombiano desde donde, según las autoridades colombianas, se habría realizado el bombardeo. En el trayecto se aterrizó en una zona de erradicación manual de cultivos ilícitos de coca.
La Comisión se trasladó a Puerto Ospina, ubicada en la ribera colombiana del Río Putumayo límite natural de ambos países, donde sostuvo una reunión de trabajo en la Patrullera Fluvial ARC “Pastrana” de la Armada con la comitiva del gobierno de Colombia y oficiales de dicha nave quienes informaron sobre las actividades de patrullaje fluvial de la frontera.A su regreso del Departamento del Putumayo, la Comisión se reunió con el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, Fernando Araujo.
El día 12 de marzo, la Comisión sostuvo un desayuno de trabajo con el Presidente de la República de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, al que asistieron miembros del gabinete y autoridades militares. El Presidente Álvaro Uribe agradeció la presencia de la Comisión y destacó el apoyo que brinda la OEA al proceso de paz en Colombia a través de la MAPP. El Presidente Uribe recordó que la Constitución de Colombia le asigna dos responsabilidades centrales al Presidente de la República: 1) la conducción de las relaciones internacionales y 2) la conducción de las Fuerzas Militares de Colombia con el propósito de garantizar la seguridad ciudadana. Señaló que el respeto a la soberanía territorial debe estar ligado al respeto a la seguridad de los ciudadanos. Expresó la necesidad de avanzar más allá de los acuerdos políticos que son necesarios para bajar la tensión entre ambos países, identificando mecanismos concretos que permitan asegurar que los acuerdos bilaterales y de cooperación existentes se cumplan.
Concluida la reunión con el Presidente Uribe, el Secretario General de la OEA y algunos miembros de la Comisión sostuvieron un breve encuentro con los miembros de INTERPOL llegados a Colombia a solicitud del gobierno de dicho país con el fin de realizar un peritaje informático de las 3 computadoras, 3 USB (memoria portátil) y 3 discos duros que según las autoridades colombianas se habrían encontrado en el campamento de las FARC. Los delegados de INTERPOL, acompañados por autoridades del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), informaron a la Comisión que los resultados de su investigación estarán listos a finales del mes de abril.
El Secretario General y algunos miembros de la Comisión sostuvieron una reunión con el capítulo colombiano del Grupo de Diálogo Colombia-Ecuador auspiciado por el Centro Carter con el apoyo del PNUD. Finalmente, ofreció una rueda de prensa a los medios de comunicación nacional e internacionales para informar sobre las actividades realizadas durante su permanencia en el país. Esa misma tarde, la Comisión inició su viaje de retorno a Washington, DC.
IV. Versiones de los hechos
A las 00:25 horas del día sábado 1 de marzo del 2008, se realizó un bombardeo por parte de aviones colombianos a un campamento de las FARC ubicado en Angostura – Provincia de Sucumbíos en territorio ecuatoriano, a 1800 metros de la frontera con Colombia, que colinda con el Departamento del Putumayo.
El Gobierno de Colombia señala que el operativo estaba previsto inicialmente para realizarse en un campamento ubicado en territorio colombiano ya que, de acuerdo a información de inteligencia, Raúl Reyes se iba a encontrar esa noche en dicho campamento. A las 22:30 del viernes 29 de febrero recibieron la información de inteligencia humana en sentido que Raúl Reyes se encontraba en un campamento localizado en territorio ecuatoriano. Es por ello que decidieron efectuar un doble operativo sobre los 2 campamentos identificados. Ambos operativos fueron realizados con distintos aviones. A la Comisión se le mostró en el sobrevuelo la ubicación del campamento en territorio colombiano y en un mapa de ubicación de los sitios de disparo [Véase Anexo 6 – Listado de documentos entregados a la Comisión].
El Gobierno del Ecuador plantea dudas respecto al plazo, a su juicio muy corto, en el que las autoridades colombianas decidieron encaminar la operación y considera improbable que se haya hecho con base en información proveniente de inteligencia humana debido a la precisión con la que se realizó el bombardeo. El Gobierno del Ecuador también señala que de acuerdo a la investigación realizada por técnicos de su Fuerza Aérea, se lanzaron seis bombas GBU12 de 500 libras por aviones que se desplazaban en dirección Sur-Norte y cuatro bombas por aviones que iban en dirección Norte-Sur, desde espacio aéreo ecuatoriano. Asimismo, sostiene que de acuerdo a los restos de las bombas encontradas en el campamento, éstas requieren para ser lanzadas una tecnología avanzada que según ellos no dispone la Fuerza Aérea de Colombia.
Por su parte, el Gobierno de Colombia sostiene que fueron lanzadas diez bombas a las que clasificó como convencionales. También precisa que éstas fueron lanzadas desde el espacio aéreo colombiano por cinco aviones Supertucano y tres aviones A37. Los aviones A37 lanzaron bombas guiadas por GPS y que los cinco aviones Supertucano disponen de medios tecnológicos suficientes para lanzar bombas a objetivos con un margen de error de 5 metros. Agrega que técnicamente se puede verificar el vuelo y lanzamiento de las bombas en la información almacenada en los radares ubicados en territorio colombiano y en la computadora de los aviones. Una vez finalizado el operativo aéreo, fuerzas militares y policiales colombianas ingresaron en helicópteros a territorio ecuatoriano con el propósito de recuperar el cadáver de “Raúl Reyes”, objetivo de la denominada Operación Fénix. Según continuaron expresando, al descender hacia territorio ecuatoriano los efectivos militares de Colombia tuvieron un enfrentamiento con algunos de los miembros de las FARC que no fueron abatidos por las bombas. Identificado el cuerpo de “Raúl Reyes” procedieron a su traslado a territorio colombiano junto con el cadáver de quien se presumía podía ser Guillermo Enrique Torres, alias “Julián Conrado”, supuesto descartado posteriormente. Asimismo, trasladaron el cuerpo de 1 soldado colombiano muerto en la operación. Horas después las fuerzas militares de Colombia junto con personal de la Fiscalía de dicho país constataron los elementos materiales existentes en el campamento, así como el estado de las personas que se encontraban en el mismo.
De acuerdo a la información proporcionada por las autoridades militares del Ecuador el día 1 de marzo, a las 06:15, las autoridades militares de Colombia les informaron que ese mismo día a las 00:30 se produjo un combate entre las Fuerzas Armadas Colombianas con un grupo irregular armado colombiano en su territorio. En el mismo sentido, el Presidente Correa expresó haber recibido una primera llamada del Presidente Uribe en la cual le informó que se había producido este enfrentamiento, el que iniciado en territorio colombiano habría seguido en el ecuatoriano por una persecución calificada “en caliente” con un resultado de 17 irregulares muertos, 11 heridos o capturados y 1 soldado colombiano muerto. El Comandante de la Cuarta División de la Selva “Amazonas”, recibida la información del lado colombiano, dispuso que se trasladase a esa ubicación la Brigada de Selva Número 19 Napo. Debido a que la información de las coordenadas inicialmente proporcionadas no era correcta, dicha Brigada se demoró más de lo previsto para llegar al lugar, arribando finalmente a las 13:00 horas del citado día. A esa hora ingresó al campamento el primer contingente militar ecuatoriano y a las 17:40 horas arribó el Fiscal ecuatoriano de Lago Agrio al lugar de los hechos donde constató la existencia de 22 cadáveres, algunos de ellos en ropa interior, 3 mujeres heridas y diversos fusiles. Si a esto se agregara los 2 cadáveres que el Ejército colombiano encontró serían 24 víctimas. A ello se suma el cadáver encontrado el día 7 de marzo enterrado en la zona del campamento en estado de putrefacción, seguramente victimado en los días anteriores al bombardeo, de acuerdo con la información forense disponible. [Véase Anexo 6 – Listado de documentos entregados a la Comisión].
El estudio preliminar de la Policía Nacional del Ecuador determinó que existen tres grupos de causas de muerte:
1. Por efecto de la onda explosiva.
2. Tipo mixto por la acción de onda explosiva así como por penetración, paso y salida de proyectiles de arma de fuego.
3. Por penetración paso y salida de proyectiles de arma de fuego”.
Las diferentes comunicaciones intercambiadas por ambas partes entre los gobiernos y los mandos militares sobre estos hechos figuran en la documentación entregada a la Comisión y en los comunicados de prensa emitidos por los dos países. [Véase Anexo 6 – Listado de documentos entregados a la Comisión].
V. La inviolabilidad territorial
El Gobierno ecuatoriano ha afirmado que tropas colombianas ingresaron a territorio ecuatoriano sin su autorización. El Gobierno colombiano reconoce tal hecho.
Esta incursión de fuerzas militares de un Estado en territorio de otro sin su autorización viola el principio establecido en el artículo 21 de la Carta de la OEA. Dice el artículo 21:
“El territorio de un Estado es inviolable; no puede ser objeto de ocupación militar ni de otras medidas de fuerza tomadas por otro Estado, directa o indirectamente, cualquiera que fuere el motivo, aun de manera temporal. No se reconocerán las adquisiciones territoriales o las ventajas especiales que se obtengan por la fuerza o por cualquier otro medio de coacción”.
Este principio es uno de los pilares fundamentales del orden jurídico internacional y, en particular, del sistema jurídico interamericano, y se encuentra desde sus orígenes indiscutiblemente unido al de la solución pacífica de las controversias entre los Estados y al de la cooperación para asegurar la paz, la seguridad y el desarrollo.
Ya en 1888 al invitar a la Primera Conferencia Americana celebrada en Washington, DC de 1889 a 1890 y de la que surgiera la Unión Panamericana, origen de la OEA, el Secretario de Estado de los Estados Unidos de América, retomando la autorización para ello otorgada por el Senado, decía que entre los propósitos de esta Conferencia estaban los de discutir:
“Primero – Medidas que tiendan a conservar la paz y fomentar la prosperidad de los diversos Estados Americanos.
…
Séptimo – Un convenio sobre un plan definitivo de arbitraje para todas las cuestiones, disputas y diferencias que existan o puedan suscitarse entre los diferentes Estados americanos, a fin de que todas las dificultades y cuestiones entre tales Estados puedan terminarse pacíficamente y evitarse guerras”.
Es así como el 18 de abril de 1890 la Conferencia adopta una resolución sobre el “Derecho de Conquista” condenando la guerra de conquista en las Américas y afirmando que “la inseguridad del territorio nacional conduciría fatalmente al ruinoso sistema de la paz armada”.
A partir de entonces los principios de inviolabilidad territorial y de solución pacífica de las controversias entre los Estados Americanos han sido los cimientos que han permitido que la región americana haya desde entonces preservado la paz en las relaciones entre sus Estados como ninguna otra región lo ha logrado hacer.
Para sólo citar un ejemplo anterior a la Carta de la OEA, puede mencionarse la “Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados”, adoptada en la Séptima Conferencia Americana (Montevideo, 1933). Entre otros principios, esta Convención establece que:
“Artículo 8 – Ningún Estado tiene derecho de intervenir en los asuntos internos ni en los externos de otros.
Artículo 10- Es interés primordial de los Estados la conservación de la paz. Las divergencias de cualquier clase que entre ellos se susciten deben arreglarse por los medios pacíficos reconocidos.
Artículo 11- Los Estados contratantes consagran en definitiva como norma de su conducta, la obligación precisa de no reconocer las adquisiciones territoriales o de ventajas especiales que se realicen por la fuerza, ya sea que esta consista en el uso de armas, en representaciones diplomáticas conminatorias ó en cualquier otro medio de coacción efectiva. El territorio de los Estados es inviolable y no puede ser objeto de ocupaciones militares ni de otra medidas de fuerzas impuestas por otro Estado, ni directa ni indirectamente, ni por motivo alguno, ni aún de manera temporal”.
Tales principios fueron ratificados en 1948 al redactar la Carta de la OEA. Así como lo hace la Carta de la OEA en su capítulo V, numerosas convenciones –anteriores y posteriores a la Carta de la OEA, refirieron la obligación de resolver pacíficamente los diferendos entre Estados y ésta ha sido la vía elegida por nuestros Estados.
También son numerosos los acuerdos que reafirmaron la importancia de la cooperación en el respeto del orden jurídico interno de cada Estado. Para sólo tomar dos ejemplos recientes, recordemos:
a) Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (1997), en particular sus Artículos III (Soberanía), XIII (Intercambio de información), XIV (Cooperación) y XV (Intercambio de experiencias y capacitación), XVI (Asistencia técnica) y XVII (Asistencia jurídica mutua).
b) Convención Interamericana contra el Terrorismo (2002), en particular, sus Artículos 7 (Cooperación en el ámbito fronterizo), 8 (Cooperación entre autoridades competentes) y 9 (Asistencia jurídica mutua).
Por último cabe señalar que el artículo 2 c) de la Carta de la OEA establece como uno de los propósitos esenciales de esta Organización “prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados Miembros”.
En el ámbito universal, la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su artículo 2 señala entre alguno de los principios que rigen a sus Estados Miembros el de la igualdad soberana de ellos y, el de la necesidad de arreglar sus controversias por medios pacíficos y el de abstenerse a recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial de cualquier Estado. Estos principios fueron luego desarrollados en la “Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas” (Resolución 2625 de la Asamblea General de la ONU de 1970), en particular, refiriéndose al principio de la igualdad soberana de los Estados señaló que “la integridad territorial y la independencia política del Estado son inviolables”. La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (“Convención de Palermo”) de 2000, dice en su artículo 4 que:
1. Los Estados Parte cumplirán sus obligaciones con arreglo a la presente Convención en consonancia con los principios de igualdad soberana e integridad territorial de los Estados, así como de no intervención en los asuntos internos de otros Estados.
2. Nada de lo dispuesto en la presente Convención facultará a un Estado Parte para ejercer, en el territorio de otro Estado, jurisdicción o funciones que el derecho interno de ese Estado reserve exclusivamente a sus autoridades.”
VI. Conclusiones
En la madrugada del sábado primero de marzo de 2008, fuerzas militares y efectivos de la policía de Colombia incursionaron en territorio del Ecuador, en la Provincia de Sucumbíos, sin consentimiento expreso del Gobierno del Ecuador para realizar un operativo en contra de miembros de un grupo irregular de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, que se encontraba clandestinamente acampando en el sector fronterizo ecuatoriano.
Este hecho constituye una violación de la soberanía y de la integridad territorial del Ecuador y de principios del derecho internacional tal como fue señalado en la Declaración de los Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río sobre este tema y en la Resolución CP/Res. 930 (1632/08) “Convocatoria de la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y Nombramiento de una Comisión” del Consejo Permanente de la OEA.
En la XX Cumbre del Grupo de Río, el Presidente Álvaro Uribe asumió el compromiso, en nombre de su país, de que estos hechos no se repetirán en el futuro bajo ninguna circunstancia, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 19 y 21 de la Carta de la OEA.
Por lo expuesto en los párrafos precedentes y, teniendo en cuenta la información que esta Comisión recibió por parte de los dos gobiernos durante su visita, la Comisión ha llegado a las siguientes conclusiones:
1.Los vínculos de confianza entre los gobiernos de Colombia y Ecuador han resultado gravemente afectados.
2.Las versiones de Ecuador y Colombia sobre las modalidades de la incursión son contradictorias.
3.La situación en el área fronteriza entre Ecuador y Colombia es compleja y difícil en relación a aspectos geográficos, de control de territorio, comunicaciones, situación económica y social, entre otros.
VII. Recomendaciones
El resolutivo 2 de la resolución CP/Res 930 estableció que la Comisión encabezada por el Secretario General de la OEA debía visitar ambos países recorriendo los lugares que las partes le indiquen, elevar el correspondiente informe a la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y proponer fórmulas de acercamiento entre ambas naciones.
En este sentido, los capítulos II y III del presente informe dan detalle de estas visitas. La Comisión con base en las conclusiones antes señaladas sugiere o propone las siguientes recomendaciones:
1.El restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre Colombia y Ecuador y la reactivación de los mecanismos de consulta política existentes
2.La constitución de una misión de la OEA para el seguimiento y verificación de los compromisos y acuerdos asumidos por los dos países para desarrollar la cooperación en temas fronterizos bilaterales y otros de interés común.
3.El fortalecimiento de los mecanismos de cooperación y diálogo fronterizo, así como el estudio de un eventual mecanismo bilateral de alerta temprana.
4.El desarrollo de programas de cooperación e integración fronteriza, incluyendo proyectos en el área medio ambiental, con el apoyo de organismos y entidades internacionales como el BID, la CAF y el PNUD, entre otros
5.El incentivo al diálogo entre las sociedades civiles de ambos países.
6.La intensificación de las relaciones entre las entidades empresariales de ambos países con el propósito de identificar medidas para aumentar el comercio bilateral y, en particular, el comercio fronterizo.
En ese marco, la Comisión considera de particular importancia que se desarrollen medidas de confianza entre ambos países por medio de consultas y encuentros periódicos entre funcionarios encargados del control y seguridad fronterizos.