Al fin, un fallo judicial de la corte internacional de justicia, sobre el diferendo entre Nicaragua y Costa Rica. (FOTO CESAR PÉREZ)
Lo pueden hacer por motivos comerciales pero no con policías armados, confirma La Haya
Hoy en horas de la madrugada se dio a conocer el veredicto final y definitivo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, sobre el diferendo entre Costa Rica y Nicaragua, que reclama la navegación en el Rio San Juan con policías armados.
La sentencia fue leída por el juez Hisashi Owada. Costa Rica reclama que tiene derechos de navegación sobre el Rio Nicaragüense para viajar con policías armados lo cual fue prohibido por Nicaragua que se basa en el tratado Jérez –Cañas, firmado a mediados del siglo XIX, en 1858.
Nicaragua basa sus argumentos expresando que los costarricenses pueden viajar por el Rio San Juan solamente por asuntos de comercio pero nunca deberá hacerlo con policías armados.
El fallo de la Corte fue salomónico. Es un triunfo para ambos países y marca la pauta para hacer que ambas naciones hagan uso del derecho de la navegación por el Rio San Juan. La resolución de La Haya, Holanda, señala que el rio no es transnacional, es de Nicaragua.
Costa Rica puede viajar en rio por motivos de comercio y puede hacerlo con turistas pero no podrá hacerlo con policías armados de Costa Rica. Hombres armados no pueden viajar por el Rio San Juan. El jurista Pio Martínez, que se encuentra en el Tribunal de La Haya, dijo a una emisora local, que el fallo viene a regular el funcionamiento de nuestro Rio San Juan.
Desde el año 2005, Costa Rica, interpuso una demanda contra Nicaragua en La Haya reclamando los derechos de navegación con policías armados pero que no están contemplados en el tratado Jérez –Cañas. La demanda tica fue aceptada por el máximo organismo internacional de justicia.
La resolución señala que los turistas podrán circular por el Rio San Juan sin necesidad de solicitar visas de turistas nicaragüenses para hacerlo pero no concierne a las embarcaciones de policías costarricenses. Costa Rica puede realizar actividades con derecho a libre navegación en el Río San Juan para "fines comerciales".
Esta facultad cubre el transporte de pasajeros y de turistas, pero no concierne a los barcos de policía costarricenses, precisó el principal órgano judicial de la ONU. Nicaragua, que reglamenta la navegación en ese río, tiene, no obstante, "derecho a exigir que los barcos costarricenses y sus pasajeros se detengan en el primero y el último puestos nicaragüenses ubicados en el trayecto del río San Juan", destacó la CIJ. También puede controlar la identidad de los pasajeros. El fallo de la CIJ es obligatorio y no puede apelarse.