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ACTUALIZADo 12 dE OCTUBRE de 2009

Ortega candidato, pero solamente por reformas
Redacción Central
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Decano de Derecho de la UPOLI, Oscar Castillo Guido, afirma que un fallo de la Corte para que el presidente Ortega sea reelecto, afectaría reformas del 85, que establecen la no reelección. (FOTO ARCHIVO)

Hay opiniones de juristas consultados sobre la posible candidatura del presidente Daniel Ortega Saavedra para el escenario político que se avecina en el 2011. En la cancha del Frente Sandinista los fuegos ya están definidos y hasta hay una campaña de hecho en los actos públicos del FSLN, luego que finalizan las actividades, en la cual destacan la canción del gallo ennavajado usada en la campaña del 90, cuando Ortega fue derrotado por las urnas por una coalición de partidos agrupados en la Unión Nacional Opositora, UNO.

Un diario local consultó al Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Politécnica de Nicaragua, UPOLI, Doctor Oscar Castillo Guido, acerca de las aspiraciones del Presidente Ortega que busca la reelección, y, llegó a la conclusión que la única manera que el Presidente puede ser nuevamente candidato, es solamente por la vía de las reformas constitucionales.

El Partido Liberal Constitucionalista, PLC, en una reunión con editores de medios de comunicación había advertido la semana pasada, que el Frente Sandinista, quiere realizar una reforma a la ley orgánica del poder judicial, porque de esa manera de forma mayoritaria pueden resolver los Magistrados la resolución de los casos. El Presidente Ortega recurriría ante la Corte porque sus derechos ciudadanos serían supuestamente cercenados al evitarle el Consejo Supremo Electoral, CSE, correr por la prohibición de la norma constitucional que le impide en estos momentos ser nuevamente candidato a la presidencia. La Constitución señala que solamente por dos períodos se puede ser candidato a la presidencia.

El Doctor Oscar Castillo Guido, dice que la reelección presidencial solamente se puede dar a través de la reforma a la Carta Magna y no por un fallo de un tribunal que no puede estar encima de la Constitución, porque si no sería una “aberración jurídica”.

El Vice-Presidente de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Doctor Rafael Solís Cerda, ha expresado que en ningún momento se ha contemplado considerar el antecedente de Costa Rica, que permitió a través de un recurso de amparo a favor del Presidente Oscar Arias, ser candidato a la presidencia, pero el caso le resultó interesante.

Para el Decano de Derecho de la UPOLI una reforma a la Constitución se debe de hacer en dos legislaturas las cuales comienzan en enero y terminan el 15 de diciembre. La reforma se puede aprobar en diciembre en una primera legislatura y aprobarse el 9 de enero en segunda legislatura. En menos de un mes para que entren en vigencia inmediatamente.

Sobre lo realizado en Costa Rica en la cual la Corte resolvió que el Presidente Arias podía ser candidato presidencial, el tribunal legisló y resolvió encima de la Carta Magna y además si eso se hace aquí en Nicaragua, no habría un balance. Además que la Corte terminaría afectando las reformas de la Carta Magna del año 95 que establece la no reelección presidencial. Esta situación no es aplicable porque la ley es retroactiva solamente en asuntos penales cuando favorezca al reo, sostuvo el Doctor Castillo.

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