A todos los egresados de la carrera de Derecho que trabaje para el Poder Judicial, pagará el 50 % menos de lo establecido por la CSJ. (FOTO/ARCHIVO EDUARDO PÉREZ)
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), anunció que a partir de Noviembre, los títulos de Abogado y Notario público ahora serán elaborados por la imprenta de este Poder del Estado, para garantizar la “eficacia y seguridad de los trámites”.
La circular emitida por la CSJ, señala que las medidas adoptadas en iniciarán a regir a partir del primero de noviembre del presenta año de modo que las certificaciones libradas para elaboración de títulos de Abogados y Notarios Públicos en otras imprentas, solamente surtirán efecto hasta el 31 de octubre.
Por consiguiente, “cualquier título emitido por imprenta distinta a la del Poder Judicial luego de la fecha señalada no tendrá validez alguna”, detalla el acuerdo firmado por el secretario de la CSJ, Rubén Montenegro Espinoza.
También, la misiva destaca que aquel egresado de la profesión de leyes que no “haya presentado aún su título de Abogado o Notario Público para la autorización del Pleno de este Supremo Tribunal, tendrá como plazo fatal (treinta días después del 31 de Octubre del presente año), posterior a dicha fecha, Oficialía Mayor no recibirá dicho título y deberá proceder a iniciar el trámite de elaboración ante ésta última oficina siguiendo el procedimiento establecido en el numeral primero del presente acuerdo”.
Procedimiento de títulos
La circular suscrita el ocho de septiembre del presente año señala que la elaboración de los Títulos de Abogado y Notario Público, tendrá el siguiente procedimiento:
a. Los ciudadanos que al elaborar el título de Abogado o Notario Público, según corresponda, una vez dictada la providencia del Consejo Nacional de Administración y Carrera judicial que le autorice para el ejercicio de una de las profesiones antes referidas y habiendo prestado la promesa de ley correspondiente, se presentará ante Oficialía Mayor quien le extenderá en el acto y sin mayor trámite orden de pago que contendrá: Nombre del ciudadano, Cédula de Identidad, orden de pagar en moneda nacional el equivalente a U$50 (cincuenta dólares netos) en la cuenta de BANPRO No. 10010306171103 a nombre de la Corte Suprema de Justicia, fecha y hora de la providencia autorizante, número de expediente y fecha de la orden de pago cuya vigencia será de dos meses.
b. Una vez realizado el depósito, el solicitante deberá presentar la boleta y la orden de pago en original ante Oficialía Mayor, quien remitirá en un plazo no mayor a dos días laborales, a la Imprenta de la Corte Suprema de Justicia, la boleta de pago y la certificación del auto en donde se autoriza la incorporación, para la elaboración del título respectivo.
c. Recibida la certificación del auto del Consejo Nacional de Administración y Carrera judicial, la Imprenta, tendrá el plazo de diez días laborales para la elaboración y entrega del título respectivo.
d. Una vez que la Imprenta elabore el Título lo entregará directamente a Oficialía Mayor, mediante el registro respectivo, del cual deberá brindarse mensualmente un informe a Secretaría de este Poder judicial, quien fijará en la tabla de avisos y en la página web el listado de los títulos cuya elaboración ha finalizado y que pasan al trámite de firma de los Honorables Magistrados de este Poder del Estado.