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La Jornada
 
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actualizado 16 de abril 2010

 
Diputados argumentan la vigencia o no vigencia del artículo 201
 
Redacción Central  
(foto Archivo)

De la Constitución de 1987

Cuarenta y siete diputados de oposición se oponen a la interpretación que hizo el Presidente de la Asamblea Nacional, René Núñez Téllez, al artículo 201, párrafo segundo de la Constitución de 1987, para justificar la permanencia de los funcionarios a los cuales se les venció el período en los poderes del Estado. Expresaron en misiva enviada a la Secretaria “Rechazamos las ilegales e inconstitucionales pretensiones reeleccionistas del presidente Ortega y la ilegal e inconstitucional continuidad de los funcionarios públicos en sus cargos, luego de vencido el período para el cual fueron electos”, dice el pronunciamiento.

Los diputados de oposición liberales y sus aliados del Movimiento de Renovación Sandinista, MRS, en este caso concreto, consideran que hay un “nuevo golpe de Estado constitucional que el diputado oficialista de Gobierno, René Núñez Téllez, y miembros o ex miembros de otros poderes del Estado pretenden asestar nuevamente a la Constitución Política de Nicaragua y a la Asamblea Nacional”.

Agrega el pronunciamiento: “Si el sentido de este segundo párrafo fuese de que en forma permanente e indefinida cualquier funcionario, a quien no se le haya nombrado su sustituto, continuase en el cargo, no se hubiera ubicado éste como disposición transitoria, sino en la parte orgánica de la Constitución Política de 1987”, señala la posición de los diputados de oposición.

Para el parlamentario del FSLN, José Figueroa, dijo que los diputados de oposición lo que hacen es “estar buscándole excusas para no cumplir la Constitución”, dijo que el segundo párrafo del 201 de la Constitución de 1987, no fue modificado, ni derogado en las reformas constitucionales.

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