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La Jornada
 
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actualizado 8 de junio 2010

 
Solís propone ampliar períodos a jefes de salas
 
Por Raúl Arévalo Alemán  
Magistrado sandinista, Rafael Solís Cerda. (foto J. Cajina)

De no aceptarse propuesta Ramos asumiría como presidenta del CSJ

El Magistrado sandinista, Rafael Solís Cerda, quien esta en el cargo amparándose en el decreto presidencial 03-2010, propuso que todas las autoridades de las diferentes salas judiciales sean prorrogadas en sus cargos por un año. La iniciativa la hizo el Doctor Solís ya que el 13 de junio se le vence el período como representante legal de la Corte Suprema de Justicia al Doctor Manuel Martínez Sevilla.

“Yo estoy esperando que haya madurez, prudencia y, digamos, sabiduría para que efectivamente se logre prorrogar por un año más el periodo de todas las autoridades de la corte estamos en esa disposición, nosotros esperamos que los otros magistrados y el doctor (Manuel) Martínez estén en esa misma disposición”, enfatizó Solís.

El Doctor Solís dice que el Magistrado Presidente tiene en su escritorio la propuesta de ampliar en sus cargos a las autoridades judiciales.

Círculos jurídicos señalan que después de dejar el cargo de Presidente del Poder Judicial le correspondería al primer vocal asumir y retomar la Dirección Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, que en este caso le correspondería a la Doctora Alba Luz Ramos

García Quintero dice que Martínez seguiría en el cargo de Presidente

Ayer el Doctor Sergio García Quintero conocido analista jurídico y político profesional de la oposición, dio declaraciones al periodista del Canal 12, Arturo Mcfields, en la cual vaticina que el Presidente de la Corte, Doctor Manuel Martínez Sevilla, podría aceptar quedarse en el puesto una vez logren afinarse los acuerdos entre los Magistrados sandinistas y liberales.

Si el próximo lunes 14 de junio no se aceptan las propuestas hay posibilidades de que se vea paralizado el poder judicial y sus distintas salas por lo cual no se podrán llevar a cabo las audiencias de las salas correspondientes. Se espera, por lo tanto, una retardación de justicia y los recursos de Casación que corresponde resolverlos a los Magistrados en instancias superiores.

Asumiría Doctora Ramos

Ayer el Presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua, Doctor Gerardo Rodríguez, argumentó basado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley 260, que en caso de ausencia temporal o simultanea del Presidente y del Vice-Presidente de la CSJ, asumirá la Doctora Alba Luz Ramos, quien es el primer vocal.

El extracto del párrafo de ley en su Artículo 30 dice lo siguiente: El Vicepresidente ejercerá las funciones que le designe el Presidente y lo sustituirá en caso de falta temporal.

En caso de falta temporal y simultánea del Presidente y del Vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, asumirá sus funciones el Primer Vocal.

En este caso le corresponde a la Doctora Alba Luz Ramos Vanegas quien ya ocupó el cargo de Magistrada de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, según trascendió de opiniones jurídicas.

El Doctor Rafael Solís Cerda, Magistrado de la CSJ, dijo que tiene información de que la propuesta realizada al Doctor Manuel Martínez Sevilla tiene su anuencia para convocar a Corte plena. No descartó que el Doctor Manuel Martínez Sevilla tenga presiones externas que tratan de hacerlo desistir de la convocatoria para provocar una crisis en el poder judicial.

Sesiones de Corte Plena

Artículo 25.- La Corte Plena está integrada por todos los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Se reunirá ordinariamente la primera y tercera semana de cada mes, y extraordinariamente cuando la convoque el Presidente de la Corte Suprema de Justicia o lo solicite por escrito un tercio del total de sus miembros.

Quórum

Artículo 26.- La Corte Plena formará quórum con la presencia de por lo menos las tres cuartas partes del total de sus miembros. Toda resolución o acuerdo de Corte Plena requerirá del voto coincidente de por lo menos los dos tercios del total de sus integrantes.

Competencia de Corte Plena

Artículo 27.- La Corte Plena vela por la resolución oportuna, rápida y razonada de los asuntos planteados ante la misma, conoce y resuelve de:

1. Los recursos de inconstitucionalidad de la ley;

2. Los conflictos entre los distintos Poderes del Estado, en relación al ejercicio de sus funciones, de conformidad con la Constitución Política de la República y en ejercicio de la función de control constitucional que le es inherente;

3. Las acciones penales en contra de aquellos funcionarios que la Constitución Política señale, previa privación de su inmunidad;

4. Los recursos de apelación en contra de las resoluciones recaídas en procesos especiales de responsabilidad con formación de causa que por delitos propios de los funcionarios públicos, tengan lugar en contra de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de los Tribunales de Apelaciones;

5. La ratificación o no de la declaración de inconstitucionalidad, declarada por sentencia firme en caso concreto, de conformidad con la Ley de Amparo y sin perjuicio de la cosa juzgada material en dicho caso;

6. Los conflictos de competencia entre las Salas de la Corte Suprema;

7. Las excusas por implicancias y recusaciones contra los Magistrados de la Corte Suprema;

8. Los demás casos que establezca la ley.

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