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actualizado 13 de mayo 2010

 
Sala Constitucional valida decreto presidencial
 
Por Raúl Arévalo Alemán  
La resolución de la Sala Constitucional fue rubricada por los Magistrados sandinistas. (foto/archivo)

Advierten a diputados

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, resolvió ayer la suspensión de todo lo actuado por la Asamblea Nacional en sesión especial realizada en el Hotel capitalino, Holiday Inn, el 20 de abril, por medio del cual 48 diputados de la oposición liberal y sus aliados decidieron enviar a comisión un dictamen para la eliminación del decreto presidencial 3-2010 del presidente Daniel Ortega Saavedra. El decreto presidencial decide mantener en sus cargos a 23 funcionarios de los poderes del Estado a los cuales se les venció el período y otros están a punto de finalizar el tiempo por el cual fueron electos.

Los diputados opositores señalaron en diversas ocasiones que solamente la Asamblea Nacional puede nombrar a los funcionarios de los poderes Judicial, Contraloría, Electoral, Procuradores de Derechos Humanos entre otros. Expresan que el Poder Ejecutivo con el decreto 3-2010 esta invadiendo funciones del poder Legislativo.

La resolución de la Sala Constitucional fue rubricada por los Magistrados sandinistas Francisco Rosales como Presidente, Ligia Molina, Rafael Solís Cerda, quien se acoge al decreto presidencial para permanecer en el cargo. También por la Secretaria de la Sala Zelmira Castro. El Fallo advierte a los diputados que podrían ser enviados a la cárcel si persisten en su desacato de la sentencia emitida sobre el decreto presidencial.

El fallo responde a un recurso de Amparo del diputado Edwin Castro Rivera contra la sesión del parlamento realizada el 20 de abril en el Hotel Holiday Inn y de los diputados de la Junta Directiva del Parlamento Wilfredo Navarro, Primer Secretario; Oscar Moncada, Primer Vice-Presidente; Carlos García , Segundo Vice-Presidente y Alejandro Ruíz como Tercer Secretario.

La Sala Constitucional resolvió en sus partes principales de “téngase por personado y concédase la intervención de ley al recurrente Edwin Castro, en su calidad de diputado y jefe de bancada del FSLN, y a la licenciada Georgina del Socorro Carballo, en su calidad de procuradora nacional constitucional y de lo contencioso administrativo”, dice la parte uno del fallo.

“En cuanto a la suspensión de oficio a los efectos del acto recurrido decretado por la Sala Civil número Dos, del Tribunal de Apelaciones de Managua, Circunscripción Managua del 27 de abril de 2010, esta Sala tiene a bien ratificar de oficio la suspensión de los efectos subsiguientes de la supuesta sesión legislativa por la Vía de Hecho ocurrida en el Hotel Holiday Inn Managua”, leído por el Presidente de la Sala Constitucional del poder Judicial, Francisco Rosales Argüello, anunciando a continuación la parte que la oposición agraviada consideró como amenaza.

Gírese oficio con copia íntegra de la presente providencia a los funcionarios recurridos diputados Wilfredo Navarro, Óscar Moncada, Carlos García, Alejandro Ruiz y José Pallais, y a los otros seis diputados que conformando dicha comisión han continuado haciendo quórum y reuniones junto con el diputado Pallais, de manera ilegal, a fin de que se abstengan de seguir tramitando el proyecto de ley derogatorio del decreto 3-2010, bajo los apercibimientos de ley”, dijo Rosales.

“En especial la comisión de flagrante delito de desacato a la autoridad, conforme lo establecido en el artículo 87 de la Ley de Amparo y el artículo 167 de la Constitución Nacional: ‘los fallos y las resoluciones de los tribunales y jueces son de ineludible cumplimiento para las autoridades del Estado, las organizaciones y las personas naturales y jurídicas afectadas”, sentenció.

“De igual manera los funcionarios aquí mencionado están obligados por imperio constitucional a acatar las sentencias definitivas, dictadas por esta Sala de lo Constitucional (99, 100, 101 y 102), que por no haber sido objeto de ningún recurso por parte de los recurrentes han quedado firmes y por lo tanto pasan por autoridad de cosa juzgada”, dice.

Sigue la sentencia leída por el Doctor Francisco Rosales Argüello: “Sentencias que en su parte resolutiva le ordenan a la Asamblea Nacional abstenerse de cualquier trámite conducente a la derogación del referido decreto”, expresó que se podría hacer uso de la policía para “imponer la ley”.

“En consecuencia, en caso de continuar los siete miembros de la Comisión de Justicia, en la comisión de dicho delito, puesto que se trata de un delito continuado, que cometen cada vez que sesionan para discutir dicho proyecto de ley derogatoria del decreto 3-2010, se le previene desde ahora que el delito de desacato a la autoridad y la comisión del mismo de manera in fraganti no está cubierta por su inmunidad parlamentaria, tal como lo establece la ley respectiva, por lo que desde este momento quedan sujetos a la justicia penal”, leído por el Magistrado Presidente Doctor Francisco Rosales Argüello.

Giró oficios al presidente Daniel Ortega, al presidente de la Asamblea René Núñez, al fiscal Julio Centeno, a la directora de la Policía, Aminta Granera, “para lo de su cargo”.

Gírese oficio con copia íntegra de la presente providencia a los funcionarios recurridos diputados Wilfredo Navarro, Óscar Moncada, Carlos García, Alejandro Ruiz y José Pallais, y a los otros seis diputados que conformando dicha comisión han continuado haciendo quórum y reuniones junto con el diputado Pallais, de manera ilegal, a fin de que se abstengan de seguir tramitando el proyecto de ley derogatorio del decreto 3-2010, bajo los apercibimientos de ley”, enfatizó Rosales.

“En especial la comisión de flagrante delito de desacato a la autoridad, conforme lo establecido en el artículo 87 de la Ley de Amparo y el artículo 167 de la Constitución Nacional: ‘los fallos y las resoluciones de los tribunales y jueces son de ineludible cumplimiento para las autoridades del Estado, las organizaciones y las personas naturales y jurídicas afectadas”, sentenció.

“Sentencias que en su parte resolutiva le ordenan a la Asamblea Nacional abstenerse de cualquier trámite conducente a la derogación del referido decreto”, dijo, para pronunciar de inmediato el posible uso de la Policía Nacional para “imponer la ley”.

“En consecuencia, en caso de continuar los siete miembros de la Comisión de Justicia, en la comisión de dicho delito, puesto que se trata de un delito continuado, que cometen cada vez que sesionan para discutir dicho proyecto de ley derogatoria del decreto 3-2010, se le previene desde ahora que el delito de desacato a la autoridad y la comisión del mismo de manera in fraganti no está cubierta por su inmunidad parlamentaria, tal como lo establece la ley respectiva, por lo que desde este momento quedan sujetos a la justicia penal”, leyó.

Luego giró oficios al autor del decreto, el presidente Daniel Ortega, al presidente de la Asamblea René Núñez, al fiscal Julio Centeno, a la directora de la Policía, Aminta Granera, “para lo de su cargo”, dijo Rosales.

El recurso de la Diputada Alba Palacios fue radicado declarando la misma Sala Constitucional que el decreto presidencial esta vigente.

El Presidente de la Comisión de Justicia, de la Asamblea Nacional, José Pallais Arana, le dijo a Rosales que lo “llegue a traer preso personalmente, si es que tiene los huevos”.

Agregó que “Si quiere que acate esa resolución, que primero me enseñe su título de doctor en derecho”, afirmó Pallais. No aceptó, ni le dio trascendencia legal a las resoluciones de ese Poder del Estado.

El principal partido de oposición, el Partido Liberal Constitucionalista, PLC, consideró la sentencia nula de toda nulidad. Dos Magistrados liberales Sergio Cuarezma y el Doctor Iván Escobar no estuvieron en la sesión.

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