Magistrado Marvin Aguilar. (foto archivo)
Se espera que con las dos leyes se eviten los vacíos que tiene la legislación de la Justicia penal
Las dos leyes aprobadas recientemente por la Asamblea Nacional relacionadas con la Ley 735, denominada Ley de Prevención, Investigación, Persecución del crimen organizado y la Administración de los Bienes Incautados, decomisados y Abandonados y la Ley de Ejecución, Beneficio y Control Jurisdiccional de la Sanción Penal que falta de publicar en La Gaceta, Diario Oficial del país, serán efectivas para llenar los “vacíos” legales y garantizan más transparencia, sostuvo el Magistrado Marvin Aguilar, Vice-Presidente de la Corte Suprema de Justicia . De esta forma se pretende controlar la división de los bienes que son incautados al narcotráfico y detener la liberación de reos de alta peligrosidad.
La ley fue aprobada en el mes de Noviembre del 2010 y falta para su aplicación que sean nombrados más jueces y fiscales, sostuvo el Magistrado Aguilar.
Manifestó que La ley de Ejecución de la sentencia una vez publicada en La Gaceta dará por finalizada la potestad de los jueces para otorgar derechos y beneficios a los afectados de libertad ligados al narcotráfico. El Marvin Aguilar forma parte de la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal.
En el pasado se vino cuestionando de parte del parlamentario del Partido Liberal Constitucionalista, PLC, José Pallais, que en la legislación había un vacío sobre la distribución de los bienes incautados al narcotráfico entre las instituciones del Estado ya que había descontento sobre la distribución equitativa de los mismos. También se vino señalando que los reos implicados en la comisión de delitos de narcoactividad recibían beneficios y derechos.
Se espera que con la entrada en vigencia de las dos leyes se puedan evitar los vacíos que tiene la legislación de la Justicia penal y haya modernización de la misma. El Vice-Presidente de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Marvín Aguilar, dijo que la nueva legislación vendrá a corregir la aplicación del Código Procesal Penal, CPP, en lo relativo a los beneficios.
Los reos sentenciados a cinco años de prisión que sean objeto de delitos menos graves y faltas penales serán los que recibirán los beneficios. Los delitos graves de narcoactividad, violación y crimen organizado no están contemplados, aclaró por otro lado, el Fiscal Javier Morazán del Ministerio Público a un rotativo local.
La libertad condicional se aplicará solamente cuando el reo haya cumplido las tres cuartas partes en prisión de la sentencia en delitos graves de terrorismo, tráfico y extracción de órganos y tejidos humanos, delitos relacionados con estupefacientes, tráfico de migrantes ilegales . En estos delitos fueron exceptuados los relacionados a lavado de dinero, bienes activos que están señalados y tipificados en el Código Procesal Penal.
La ley es novedosa ya que se contempla e incluye a los que hayan sido condenados por violencia intrafamiliar, robo con violencia, robo agravado que hayan cumplido las dos terceras partes de la condena.
Si un reo fue condenado a 10 años de cárcel solamente podrá optar a la libertad condicional una vez que haya cumplido siete años y medio de prisión, ejemplificó el Fiscal Javier Morazán.
Por otro lado, el Fiscal de la República, Julio Centeno Gómez, dijo que la nueva ley contempla que los bienes incautados al narcotráfico serán depositados en una cuenta del Ministerio de Hacienda. La Unidad Administradora de los bienes será la encargada de hacer la distribución entre las instituciones del estado, afirmó el Fiscal General.
Hay un dato de fuentes del Ministerio Público que dice que en el año 2009, de 3 millones 783 mil 453 dólares incautados al narcotráfico en el Pacífico, casi un millón de dólares fueron a parar a las cuentas de la Corte Suprema de Justicia, según se supo de sentencias emitidas.