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actualizado 11 de abril 2013
Niegan jurisdicción de Corte Federal USA en asuntos de propiedad Solka
El presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua, doctor Gerardo Rodriguez, dice que “existe una convención internacional de la Organización de Naciones Unidas (ONU), donde se establece que ningún Estado puede ser demandado ante un tribunal o Corte interna de otro Estado”, afirmó
Por Raúl Arévalo Alemán
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Doctor Gerardo Rodriguez Olivas.

Un alto magistrado del Tribunal de Apelaciones de Managua, doctor Gerardo Rodriguez Olivas, emitió opiniones acerca de una sentencia de una Corte Federal de los Estados Unidos en la cual se ordena a Nicaragua el pago de una suma millonaria a los ex propietarios de los Laboratorios Solka,que era de la familia Solórzano y que fueron confiscados en la década de los 80, durante la revolución sandinista.

Es la primera vez que un alto representante del estado nicaragüense emite su punto de vista sobre este controversial asunto . El magistrado del Tribunal de Apelaciones de Managua, doctor Gerardo Rodriguez Olivas dice que la sentencia es “totalmente inválida”. .

Señaló que “existe una convención internacional de la Organización de Naciones Unidas (ONU), donde se establece que ningún Estado puede ser demandado ante un tribunal o Corte interna de otro Estado”, refirió el presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua .

De tal manera —-continuó explicando el jurista—- que “no existe ninguna compromiso legal que obligue al Estado de Nicaragua a cumplir con esa sentencia”.

Es conocido que la familia Solórzano, dueños originales de los laboratorios Solka, desde el año 2007 demandaron a Nicaragua en una Corte Civil del Estado de Florida. Hace años los demandantes fueron indemnizados en la década de los 90 por el gobierno de doña Violeta Chamorro. Era la etapa de privatizaciones que regresó la propiedad a sus anteriores propietarios confiscados durante la revolución sandinista en el 79. La confiscación en la Carta Magna es una figura jurídica anulada después de las reformas parciales realizadas en el año 1995.

El magistrado Rodriguez dijo que “estas demandas se resuelven por el Derecho interno de los Estados. Los asuntos de orden privado entre un particular con el Estado se resuelven por los mecanismos internos de un país”, afirmó.

De la misma manera se manifestaron los presidentes de la Sala Constitucional y Penal de la Corte Suprema de Justicia, magistrados Francisco Rosales Argüello y Armengol Cuadra López, respectivamente, quienes sostuvieron la falta de autoridad de la Corte estadounidense sobre el Estado de Nicaragua, el cual no está obligado a pagar la indemnización.

“Resulta sorprendente que una Corte interna de otro Estado dicte una sentencia y pretenda ejecutarse en contra de un Estado que goza de inmunidad internacional. Estos son causas de orden político para deslegitimar al gobierno Nicaragua”, finalizó diciendo el presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua.

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