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actualizado 29 de abril 2013
Diputado Jarquìn Anaya apela ante el INE por incremento de energía
Redacción Central
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El dirigente Demócrata Cristiano quien fuera aliado del FSLN está en desacuerdo con el aumento de la energía eléctrica de más del 7% , y, cuestiona al ente regulador el INE en una carta que dice así:

Señores
CONSEJO DIRECTIVO del INE
Instituto Nicaragüense de Energía
Ente Regulador

Su Despacho.

Estimados Señores del Consejo Directivo INE:

Mi nombre es AGUSTIN ARMANDO JARQUIN ANAYA, mayor de edad, casado, de oficio Ingeniero, del domicilio de Managua, y me identifico con cédula de identidad numero: cero, cero, uno, guion, dos, siete, uno, dos, cinco, uno, guion, cero, cero, cero, cero, letra “C” (001-271251-0000C), actuando en mi propio nombre y representación; en mi calidad de Diputado de la Unión Democracia Cristiana (UDC). Por este medio me dirijo a Ustedes, con el fin de hacer de su conocimiento que desde el día doce de Abril del presente año, me enteré que el Instituto Nicaragüense de Energía (INE - Ente Regulador), mediante Resolución Número: INE-CD-003-04-2013, el Consejo Directivo del ‘INE Ente Regulador’ como máxima autoridad de esa institución entre otras disposiciones acuerda: “Autorizar a partir del 15 de Abril del 2013 a las Empresas Distribuidora de Electricidad del Norte S.A. (DISNORTE) y Distribuidora de Electricidad del Sur S.A. (DISSUR) la actualización en forma indicativa del promedio de Venta al CONSUMIDOR FINAL, que pasará de 246.38889 US $/ MWH a 247.50509 US$/ MWH, lo que representa en promedio un incremento del 0.45% en la tarifa al consumidor final… Siendo el aumento final de 10.78 % de incremento al consumidor final”. No se es claro en la resolución cuáles fueron su consideraciones o parámetros para realizar estos cálculos; no obstante todos los Nicaragüenses sabemos y entendemos que no ha existido una variación sensible del Barril de Petróleo y del Bunker, esta sería la única variación razonable para ordenar el incremento de la tarifa eléctrica domiciliar, comercial e industrial, y sin embargo su tendencia es a la baja, conforme los calificados parámetros y reportes internacionales.

Cuando hace menos de tres meses las Distribuidoras fueron adquiridas por el Consorcio español ‘TSK-Melfosur’ un alto funcionario oficial de gobierno en reunión con autoridades de INE “negó que la venta de las empresas de distribución de energía eléctrica en Nicaragua venga acompañada de una revisión en la tarifa para incrementarla a los consumidores, descartando un alza por el servicio de energía eléctrica a los consumidores en los próximos meses”, reiterando que: “No hay aumento de la tarifa, alégrense”, dijo y “No hay aumentos en perspectiva”. Recientemente Ustedes expresaron que se contrataría un Préstamo en la Sistema Financiero Nacional (lo cual informaron que lo concretaron) con el fin de no subir la tarifa.

Sin embargo ahora han expresado que: “una parte del aumento a la tarifa eléctrica es para pagarle a la empresa distribuidora por el robo de energía (¿!?), como parte de los componentes del memorando de entendimiento que están por finiquitar con TSK-Melfosur Internacional”, o sea por un evento futuro que no ha ocurrido y ni siquiera es cierto. Todo lo cual es inaudito y no justifican este gravoso y lamentable aumento.

Por otro lado las llamadas ‘Pérdidas Técnicas’ ya estaban consideradas en la estructura tarifaria que estaba vigente, de modo que tampoco es justificación.

Además, recientemente el Ministro del Ministerio de Energía y Minas (MEM) confirmó que en 2012 la generación eléctrica con fuentes renovables fue 40%, “representando un ahorro anual de 1 millón 754 barriles de petróleo, que al precio promedio de US$80 el barril, es un ahorro en divisas de US$140.3 millones de dólares”, lo cual es contradictorio con este injustificado aumento que golpea la economía familiar y la actividad económica comercial, turística, industrial y agropecuaria.

Además que ustedes no tienen mandato para realizar este despojo a los bolsillos de los nicaragüenses y con ello estarían violentando la Constitución Política de Nicaragua en sus artículos: Ciento Treinta (130CN), Ciento Treinta y Uno (131CN), Ciento Ochenta y Dos (182CN) y Ciento Ochenta y Tres (183CN).

Por lo que estando en tiempo, para que se cumpla la ley y evitar que se vulnere sensiblemente la economía de las ciudadanas y los ciudadanos, vengo ante Ustedes a interponer como en efecto interpongo Formal “RECURSO de APELACION” con el fin de que se anule este injustificado e ilegal incremento de tarifa a la energía eléctrica del 7.78 %, de conformidad con el Decreto 87 del 23 de mayo del año 1985, en su artículo 18, Ley 661 en su artículo:17 y las Leyes 272, 554, 682 y Ley 728 reformas a la Ley 272, con el auxilio de la Ley Doscientos Noventa (290) ‘Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo’, la que establece en su artículo Treinta y Nueve y 41 lo siguiente: “Recurso Administrativo se establece el Recurso de APELACION en la vía administrativa favor de aquellos ciudadanos cuyos derechos se consideren perjudicados por los actos emanados de los Ministerios y Entes Autónomos a que se refiere la presente Ley. Este recurso deberá interponerse en el término de quince días hábiles a partir del día siguiente de la notificación del acto”.

Señalo lugar para notificaciones en la siguiente dirección: Reparto Bello Horizonte de la Rotonda Tres cuadras al Norte, una Cuadra al Oeste y Diez varas al Sur, Casa A-1-10, Casa Nacional de la UDC.
Sin más que agregar por el momento me despido de Ustedes, deseándoles éxitos en sus funciones para el bien de la Gente,

Atentamente.

Ing. Agustín Armando Jarquin Anaya.
Cedula No.- 001-271251-0000C.

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