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Doctor David Rodríguez Gaitán.
La Corte Suprema de Justicia en pleno dio lugar a la queja interpuesta por el Procurador General de la República, doctor Hernán Estrada Santamaría, en contra del Registrador Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Bilwi, Puerto Cabeza, doctor David Rodríguez Gaitán por existir pruebas suficientes en su contra, y procedió a su destitución.
En su sentencia número 14 la Corte Plena de acuerdo al inciso C del artículo 68 de la Ley de Carrera Judicial sanciona al doctor Rodriguez Gaitán en su carácter de Registrador Público de Bilwi, con la destitución “por existir pruebas suficientes de haber actuado y resuelto contra norma expresa legal y constitucional”.
El destituido registrador público de Bilwi acumuló, desde el año 2009 a la fecha, un total de tres quejas interpuestas en su contra por la Procuraduría General de la República (PGR), por su irregular actuar en calidad de funcionario público.
Según la directora de Inpsectoría Judicial, doctora Esperanza Fonseca, en el mes de febrero del año 2010 la PGR interpuso la segunda queja en contra del doctor Rodríguez Gaitán por haber inscrito diez mil manzanas de tierras comunales, pertenecientes a la comunidad indígena Bambana-Kakamulaya.
Las diez mil manzanas fueron inscritas por el ahora ex funcionario a nombre de un tercero, mediante una escritura pública denominada declaración de dominio y posesión de propiedad inmueble, a pesar que dicho instrumento, según la sentencia, no presta mérito y estando prohibido expresamente por la Ley 445,
En el dictamen la Corte Suprema establece que el doctor Rodríguez Gaitán desobedeció lo establecido en el Código Civil, violentó el artículo 3964 y el principio 160 de la Constitución Política, incurriendo en actuaciones discrecionales y extralimitándose en su función calificadora.
En el año 2012 la PGR presentó ante la Secretaría de la CSJ una tercera queja, a la que el doctor David Rodríguez no presentó informativo y de esta forma se fueron acumulando las quejas en su contra.
Asimismo, la misma sentencia señala que en el Registro Público de Bilwi, Puerto Cabeza, se aplicó de forma incorrecta el Decreto número 14-2009 de Aranceles Registrales, en los casos de concesiones mineras, a pesar que se le notificó sobre esta situación al doctor David Rodriguez.
El Supremo Tribunal consideró que las actuaciones del registrador han sido reiterativas en cuanto al incumplimiento de procedimientos y violaciones a las leyes sobre la materia.
A parte de las tres quejas presentadas ante la Secretaría del máximo tribunal por la PGR, en enero del presente año el señor Santiago Paiz Pérez, presentó una cuarta queja en contra del doctor David Rodriguez por irregularidades cometidas en el ejercicio de sus funciones.
“Se tomó la decisión de acumular las quejas presentadas por la PGR en contra del doctor David Rodriguez, además de la queja presentada por el ciudadano Paiz Pérez, que laboraba como vigilante del Juzgado Local Único de Prinzapolka, quien acusó al doctor Rodríguez Gaitán de usurpar su nombre para registrar una propiedad de 12 manzanas de tierras indígenas sin su consentimiento”, informó la doctora Fonseca.
Esta resolución fue notificada al presidente del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Atlántico Norte, a la Dirección de Carrera Judicial, Dirección de Recurso Humanos de este Supremo Tribunal, Oficina de Nóminas de esta Corte y a la Dirección Nacional de Registro.