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Zoila América Ortega Murillo.
La demanda de la señora Zoila América Ortega Murillo, directora del Centro de Estudios Internacionales, CEI, en contra del embajador de Noruega concurrente en Nicaragua, señor Jan Gerhard Lassen, fue rechazada “in limini litis” por la Jueza décimo de distrito civil de Managua, Janet Muñoz Gutiérrez, según informa el Boletín informativo del Poder Judicial el día de ayer , a través de una información publicada por el doctor Roberto Larios Meléndez, director de Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia, CSJ.
La resolución judicial se basa en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, por ser “notoriamente improcedente” la demanda presentada el 24 de Mayo por Zoila América Ortega Murillo contra el embajador de Noruega concurrente en Nicaragua, señor Jan Gerhard Lassen.
Expresa que el diplomático de Noruega “ en razón de que la parte demandada goza de inmunidad de jurisdicción civil por ostentar el cargo de embajador de la Real Embajada de Noruega, calidad a la que la misma parte actora de la demanda hace referencia”, alega el por tanto de la sentencia, emitida el pasado 7 de Junio de 2013 y notificada a la demandante el 11 de Junio pasado.
El 24 de Mayo la representante del organismo no gubernamental “Centro de Estudios Internacionales”, Zoila América Ortega Murillo, hija adoptiva del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega Saavedra, demandó al diplomático europeo por la supuesta falta de cumplimiento a la financiación de dos proyectos de cooperación presentados por el CEI, pidiendo a la judicial “que se ordene a la Real Embajada de Noruega que proceda al pago de presupuestos retroactivos de Adendums negociados que ascienden a la suma de 68 mil 635 dólares”.
La demandante solicitó además que se notificara la demanda a través de la vía de “Comisión Rogatoria”, en vista de que la Real Embajada de Noruega trasladó su domicilio a la ciudad de Guatemala”.
Sin embargo la judicial, en los considerandos de su sentencia, recuerda que Nicaragua se adhirió a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de fecha 18 de Abril de 1961, ratificada por el Congreso de la República el 14 de Mayo de 1975.
El artículo 31 de la Convención dispone que el agente diplomático “gozará de inmunidad de su jurisdicción civil y administrativa”, excepto si se trata de una acción real sobre bienes inmuebles particulares radicados en el territorio del Estado receptor, o de una acción sucesoria en que el diplomático figure a título privado, o de una acción referente a cualquier actividad profesional o comercial ejercida por éste fuera de sus funciones oficiales.
El agente diplomático “no podrá ser objeto de ninguna medida de ejecución, salvo en los casos previstos en este artículo”, establece la convención.
Y “de los hechos señalados se desprende que no se trata de ninguna de las excepciones a la inmunidad que establece el artículo 31 (..) la demandante invoca legislación del Código Civil relativa a relaciones contractuales civiles, en consecuencia, la parte demandada goza de dicha inmunidad de jurisdicción, por mandato de las convenciones internacionales y nuestra propia Constitución y leyes de la república”, agrega la jueza Muñoz Gutiérrez.
La demanda de Zoila América entonces “debe ser rechazada in limini litis por ser notoriamente improcedente, pues de admitirse se estaría comprometiendo la responsabilidad internacional del Estado de la República de Nicaragua”, concluye el considerando de la sentencia.
Recordemos que cuando la hija adoptiva de Ortega, Zoila América, cuando se presentó a los juzgados se dio un incidente entre los miembros de seguridad del complejo judicial con el fotógrafo Manuel Esquivel y la periodista Marta Vásquez del opositor diario LA PRENSA de Nicaragua, quienes hacían cobertura de la presentación de demanda judicial . En esos momentos los equipos de seguridad del complejo judicial consideraron que se había entrado a un espacio no permitido y sacaron a los periodistas del Complejo Judicial Managua, y fueron sacados de la cobertura de la noticia judicial, cuando Zoila América llegó a presentar su demanda. La Prensa consideró que se había dado una violación a la libertad de prensa y se dieron protestas de periodistas de distintos medios ante la Corte Suprema de Justicia, CSJ, para establecer espacios de información en la búsqueda de las noticias judiciales.