Ayer se reuniría la junta directiva de la Lotería Nacional con tres directivos del Colegio de Periodistas de Nicaragua , CPN, para determinar si se le entregará utilidades de parte del Gerente General, Ernesto Vallecillo, del sorteo realizado el 19 de marzo pasado . De dos sorteos anuales hay utilidades que son trasladadas en beneficio de los periodistas y fortalecimiento del Fondo de Prevención Social, dijo el presidente del CPN, doctor Leonel Laguna Caballero a los lectores del diario LA JORNADA en el sitio de internet www.lajornadanet.com
Hasta el momento no se sabe nada de los resultados de la reunión de ayer por la tarde entre los tres miembros de la junta directiva del Colegio de Periodistas de Nicaragua y la Loteria Nacional programada en horas de la tarde. Desde el mes de Septiembre la Loteria Nacional no entrega al CPN sus utilidades porque alega que hubieron pérdidas, dijo Laguna . El CPN está solicitando una auditoría de los sorteos. Los periodistas afectados en su salud pasan dificultades en el tratamiento de su salud ya que no reciben sus cheques por la falta de entrega de fondos del gerente general de lotería nacional, Ernesto Vallecillo.
La ley del CPN dice en algunos de sus artículos entre los cuales están los siguientes sobre el Fondo de Prevención Social para los periodistas lo siguiente :
Artículo 30.- El Colegio de Periodistas creará un Fondo de Prevención Social a través del cual esta instancia procurará la capacitación, salud, recreación y otros programas de tipo social, para beneficio de sus miembros.
a) Bienestar Social: Prestará ayuda no reembolsable en caso de fallecimiento del Colegiado, su cónyuge e hijos menores o de incapacidad sicomotora comprobada en el caso del colegiado.
b) Desarrollo Profesional y de Salud: Comprende préstamos para estudios de capacitación y superación profesional, compra de equipos profesionales y de servicios de salud.
c) Fondo de Retiro: Todos los colegiados, al llegar a los 65 años de edad, tendrán derecho a recibir un Fondo de Retiro, equivalente a tres salarios mínimos de los periodistas, hasta por tres meses, siempre que estén al día en sus deberes con el Colegio y los fondos y estatutos del Colegio lo permitan.
El Reglamento Interno del Colegio Nacional de Periodistas, regulará esta materia.
Artículo 31.- El Fondo de Prevención Social del Colegio de Periodistas, destinará una partida permanente, para la recreación y promoción de eventos culturales de los colegiados.
Artículo 32.- Los Fondos del Colegio de Periodistas de Nicaragua se constituirán mediante:
a) Cuotas de Inscripción, cotizaciones ordinarias y contribuciones de carácter extraordinario.
b) Actividades y acciones desarrolladas por el Colegio para sus fines.
c) Donaciones recibidas.
Artículo 33.- Las donaciones en especie que reciba el Colegio estarán exentas de todo tipo de impuestos.
Artículo 34.- De los recursos obtenidos, el Colegio destinará un monto no menor al setenta por ciento (70%) para la creación de un fondo permanente para previsión social, el que deberá incluir entre otros, pó lizas de seguro que cubra atención médica, enfermedad vejez y muerte de todos los periodistas, sin distingo alguno de color político, raza, credo, o religión, todo de conformidad con el Reglamento del Colegio de Periodista.
Artículo 35.- Para que el Colegio de Periodistas pueda poner en marcha las actividades de registro y habilitación de sus miembros, se facilitará al Colegio, fondos originados en un sorteo semestral de la Lotería Nacional que deberá entregarse a la Junta Directiva Nacional del Colegio.