actualizado 15 de agosto 2014    
Polémica entre organizaciones de mujeres por reglamento de ley 779
Ramos y Ramírez defienden reglamento y dice que mujeres víctimas de violencia de género no están obligadas a acudir a los llamados Gabinetes de Familia para aplicar las medidas precautelares. Es voluntario al igual que la mediación, aclaró
por Raúl Arévalo Alemán
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Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Alba Luz Ramos.

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La polémica se enciende entre los funcionarios judiciales y los movimientos feministas y defensoras de derechos humanos de las mujeres, en torno al Decreto 42-2014, emitido por la presidencia , en la cual fue reglamentada la ley 779, Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer. Ayer las mujeres salieron a protestar a las calles y frente al parlamento de Nicaragua.

Las feministas afirman en el debate público generado por la reglamentación de La Ley 779 que “ Hay dos miras, la de los de arriba y la de nosotras, que estamos abajo; a las que no tenemos riqueza, nos avasallan”, dijo Sandra Ramos, presidenta ejecutiva del Movimiento “María Elena Cuadra, quien fue muy crítica y dijo que la ley pasó del ámbito privado al público.

También dijo que la ley no defiende los derechos de las mujeres ahora ya que las acusaciones se resolverán en los Gabinetes de familia. Por otro lado, dijo que el gobierno cedió a la presión de la alta jerarquía eclesiástica y sectores conservadores. Ramos dijo que harán denuncias internacionales de la ley reglamentada. “Es un retroceso” dijo por otro lado, Reyna Rodríguez de la Red de Mujeres contra la violencia. Los donantes que invirtieron fondos para la Ley 779 saben del reglamento, dijo.

Sin embargo, la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Alba Luz Ramos, y la ministra de la Familia, Marcia Ramírez Mercado, en una reunión entre operadores de justicia dijeron que las mujeres víctimas de violencia de género no están obligadas a acudir a los llamados Gabinetes de Familia para aplicar las medidas precautelares. Es voluntario al igual que la mediación, aclararon las funcionarias. El reglamenta señala que antes de poner su denuncia ante la policía o en la Fiscalía que se debe de acudir al consejero familiar del Gabinete de Familia de su comunidad por la violencia que viva en el hogar.

Ante esas interpretaciones, la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Alba Luz Ramos dijo que las críticas de algunos sectores son “políticamente interesados” en atacar el Decreto 42-2014 del Presidente de la República, que reglamenta la Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer, ley 779.
La presidenta de la Corte Suprema de Justicia doctora Alba Luz Ramos Vanegas manifestó que “en caso de que alguna mujer fuera asesinada, muy difícilmente algún juez podrá calificar el delito como homicidio, porque normalmente hay saña y misoginia involucradas en este tipo de delitos”.

“Estos son delitos de odio que se ejecutan contra las mujeres por el hecho de ser mujeres, es igual a los delitos que se ejecutan contra las personas que tienen opciones sexuales diferentes, por eso muy difícilmente se podrían calificar como homicidio, y si no es femicidio es asesinato”, dijo la doctora Ramos Vanegas, a los participantes en un seminario de capacitación sobre el Decreto 42-2014 con jueces y magistrados penales y de Familia, defensores públicos y médicos forenses de todo el país.

La doctora Ramos expresó que “el delito de asesinato tiene una pena mayor (que el femicidio), la única diferencia es que el delito de femicidio es especifico y el de asesinato es genérico, pero en cuanto a la pena o el castigo que se va a recibir es exactamente lo mismo”.

“Yo tengo entendido que algunos abogados quieren que estos delitos se califiquen como homicidio para que la pena sea menor, pero recuerden que en estos tipos de delitos siempre hay algún elemento que califica que es asesinato, porque siempre habrá saña, premeditación y alevosía de manera que muy difícilmente se podrá tipificar como homicidio”

Expresó que el objetivo del Reglamento de la Ley 779, Decreto 42-2014, es establecer la Política de Prevención de la Violencia y definir algunos conceptos de la ley, como relaciones desiguales de poder y patrimonio familiar”.

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