Detallan ciertas funciones de los Juzgados civiles, penales y tribunales de apelaciones en vacaciones
Por Raúl Arévalo Alemán

Los jueces de lo Civil solo pueden celebrar matrimonios, embargos, secuestros preventivos, aseguramiento preventivo de bienes litigiosos y aposiciones de sellos.

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Las vacaciones de Semana Santa en el poder judicial iniciaron el pasado 28 de marzo y finalizarán el Lunes 6 de abril, anunció el secretario de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, doctor Rubén Montenegro Espinosa por medio de una circular emitida.

El mensaje señala que los jueces de lo Civil solo pueden celebrar matrimonios, embargos, secuestros preventivos, aseguramiento preventivo de bienes litigiosos y aposiciones de sellos.

Precisa el comunicado que los Juzgados de Distrito de lo Penal de Audiencia, Juzgados Locales Penales y Únicos, deberán celebrar las audiencias preliminares de los casos que en dicha fecha se presenten.

Expresa el comunicado del doctor Rubén Montenegro Espinosa que en “los municipios donde existan más de dos Juzgados de Distrito de lo Penal de Audiencias, Juzgados Locales Penales, Juzgados Penales de Distrito de Adolescentes, laborarán mediante turnos organizados por el Tribunal de Apelaciones de cada Circunscripción correspondiente y deben ser autorizados por el presidente de los tribunales de alzadas, quién deberá informar a la Secretaría de la CSJ sobre la planificación de los mismos, valorando los casos en los que sea necesario que labore alguna otra dependencia judicial”.

Expresa la circular que “en lo que respecta a los Tribunales de Apelaciones los magistrados presidentes de cada Circunscripción deberán designar un magistrado y un secretario, que tramitará los recursos de Habeas Corpus y Amparo. Las oficinas de Recepción y Distribución de Causas y Escritos (ORDICE), deberán designar un secretario para recibir escritos”.

“En cumplimiento al artículo número 13 de la Ley de Amparo y sus reformas, el secretario de este Supremo Tribunal, recibirá los recursos por inconstitucionalidad si los hubiere y demás escritos que sean presentados ante esta Corte Suprema los días lunes 30, martes 31 de marzo; miércoles primero y lunes seis de abril del presente año”, señala la circular emitida a todas las jurisdicciones y dependencias del Poder Judicial.



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