PAC es ilegal y tendrán que volver al CSE, señala Corte Constitucional
Las directivas fueron electas sin el quórum legal y tendrán que regresar al poder electoral
Por Raúl Arévalo Alemán

Foto El Partido del opositor Moisés Hassan Morales y Francisco Samper, el Partido de Acción Ciudadana, PAC, y la facción de esa misma agrupación política que dirige Mario Valenti, son “absolutamente ilegales “, afirma una sentencia dictada por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSJ. Un recurso administrativo fue interpuesto por la señora Juanita Candelaria Cárdenas Álvarez como representante de una facción de las directivas del PAC contra el Consejo Supremo Electoral, CSE.

No ha lugar al recurso

El máximo tribunal del país, afirma en sentencia de la Sala Constitucional del viernes 17 de junio , que declaró el "No ha lugar Recurso de Amparo Administrativo interpuesto por la señora Juanita Candelaria Cárdenas Álvarez".

Análisis del fondo del asunto

El análisis de los magistrados de la Sala Constitucional analizando el fondo del asunto y el expediente administrativo del caso los magistrados de la Sala observaron que de acuerdo a los Estatutos del PAC, la Asamblea General la constituyen 181 asambleístas, sin embargo tanto la directiva que encabeza Cárdenas como la que encabeza Hassan fueron electas en asambleas realizadas sin el quórum legal requerido de la mitad más uno (92 asambleístas), en clara violación de los propios estatutos del PAC, dice la sentencia sobre la litis de las corrientes del PAC.

Ambas directivas violaron disposiciones del CSE

Expresa la Sala Constitucional que “Ambas directivas también violaron dos resoluciones del Consejo Supremo Electoral –de fechas 2 de Septiembre y 8 de Octubre de 2014--, en las cuales se mandataba a ambas partes en litigio para que antes de someter sus diferencias ante la Dirección de Atención a Partidos Políticos del CSE, agotaran las instancias internas de su partido, observando los principios y procedimientos del debido proceso”, indica.

CSE le corresponde resolver

El por tanto de la sentencia afirma: “De acuerdo con la División de Poderes establecida en la Constitución Política de la República y conforme a las competencias y potestades del Honorable Consejo Supremo Electoral, le corresponde a este atender los efectos de esta sentencia, así como los actos correspondientes para determinar la legalidad del Partido Acción Ciudadana, todo de acuerdo a los autos de las once de la mañana del dos de septiembre y de las nueve de la mañana del ocho de octubre, ambos del año dos mil catorce, emitidos por la Dirección de Atención a Partidos Políticos de ese Poder del Estado”, manifiesta.

El Presidente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSE, es el doctor y magistrado Francisco Rosales Argüello junto a otros magistrados Rafael Solís Cerda, Ileana Pérez, Armando Juárez y Manuel Martínez Sevilla.





Artículos similares