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ACTUALIZADO: 23 DE MARZO DE 2006

Dos resoluciones y una revocación para interpretar norma de ley electoral

El mismo órgano judicial rechazó en su momento y ahora resuelve aceptando sobre el mismo caso
Por Raúl E. Arévalo

El Tribunal de Apelaciones de Managua, decidió a través de la Sala Civil uno controlada por magistrados de tendencia liberal, acoger un recurso de amparo del Partido Liberal Constitucionalista, PLC, y resolvió que la Asamblea Nacional tiene que conocer en sesión plenaria la interpretación auténtica del artículo 6 de la ley electoral.

Esa norma indica que las sesiones del Consejo Supremo Electoral, CSE, pueden realizarse convocando a los magistrados suplentes. Fue de esta forma revocada una resolución de la sala civil dos del mismo tribunal en el cual resolvía que no se diera trámite a la interpretación auténtica del artículo 6 de la legislación electoral vigente.

Es interesante observar en estas dos resoluciones que la sala civil uno y la sala civil dos del Tribunal de Apelaciones de Managua entra en contradicciones. Por un lado el mismo órgano judicial rechazó en su momento y ahora resuelve aceptando sobre el mismo caso.

Es posible que magistrados puedan resolver sobre una resolución y revocar la misma emanada del propio organismo judicial? Es como que los tribunales resuelvan y vuelvan a conocer sobre un caso en el cual se ha sentado ya jurisprudencia. Podrá volver y volver a conocerse infinitamente y otra  vez sobre un mismo caso o recurso? Un tema para sentar enseñanza jurídica de importancia.

 
 
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