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Entre las atribuciones de la Asamblea Nacional se señala en la Constitución Política de Nicaragua,en su artículo 138, inciso 7, que ese poder del Estado deberá elegir a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, “con el voto favorable de por lo menos el 60 por ciento de los Diputados”. También a los del Consejo Supremo Electoral, CSE. El principal partido de oposición, el Partido Liberal Constitucionalista, PLC, baraja nombres de sus predilectos para ocupar cargos en el Poder Judicial. El dirigente liberal Wilfredo Navarro Moreira dijo... |
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