Oposición denuncia maniobra “inconstitucional” del Poder Electoral de Nicaragua
LA JORNADA

Oposición denuncia maniobra “inconstitucional” del Poder Electoral de Nicaragua

Analistas advierten que la resolución del Consejo Supremo Electoral es un adefesio jurídico

MANAGUA – El Poder Electoral de Nicaragua emitió el martes una resolución en la que extiende el plazo a las organizaciones políticas para que puedan obtener la personería jurídica para la formación de nuevos partidos.

La resolución publicada en el diario oficial La Gaceta, establece que las organizaciones que aspiren a tener un partido podrán completar los requisitos legales hasta cinco meses antes de la fecha estipulada para la celebración de los comicios nacionales, previstos para noviembre de 2021.

El fallo electoral alude a los efectos de la pandemia de COVID-19, que “ha venido a limitar a algunas organizaciones sociales, incluyendo las que conllevan a la certificación de la personalidad jurídica, para participar en los próximos comicios”.

No obstante, el artículo 77 de la Ley Electoral de Nicaragua establece que, para la presentación de candidatos, los partidos políticos deberán haber obtenido su personalidad jurídica al menos 12 meses antes de la fecha de las elecciones.

El abogado y jurista opositor José Pallais señala que la resolución es un “adefesio jurídico”, pues el Consejo Supremo Electoral (CSE) no tiene facultades para modificar lo establecido previamente en la Ley Electoral de Nicaragua.

“El Consejo Supremo Electoral no tiene facultad para reformar la ley y menos una ley de carácter constitucional como es la Ley Electoral”, explicó el jurista.

Pallais dijo que el procedimiento correcto es hacer reformas a la Ley Electoral y eso es algo que le compete a la Asamblea Nacional, controlada por el oficialismo.

“La actuación de los magistrados es ilegal, es ilegítima e inconstitucional. Con esto se denota que no hay respeto por el estado de derecho ni voluntad de cambio. Pretenden seguir jugando en la ilegalidad y no resolver los problemas de fondo que requieren una reforma electoral con todas las fuerzas del país”, agregó el jurista.

La constitucionalista María Asunción Moreno coincide con Pallais y dijo que la resolución jurídicamente es ilegal e inexistente. “Toda disposición contraria a una norma constitucional no tiene validez alguna”.

“Con esta resolución, lo que el CSE pretende de forma ilegal es limitar o restringir la participación en las elecciones del 2021, lo cual constituye una clara violación a los derechos políticos de los nicaragüenses reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales en materia de derechos “, expresó Moreno.

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