LA JORNADA

Reformas penales dirigidas para los delitos graves, dice Presidenta del Poder Judicial

El propósito es reducir y prevenir los delitos graves como el asesinato, violación y femicidio, dice Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, doctora Alba Luz Ramos Vanegas.

La Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, doctora Alba Luz Ramos Vanegas, brindó declaraciones a la página electrónica del poder judicial de la Dirección General de Comunicación que dirige el periodista y Jurista, Roberto Larios Meléndez, sobre las iniciativas del poder judicial de reformas penales. Según el boletín las reformas incrementarían las penas de prisión en algunos delitos graves como asesinato, femicidio y violación.

“Nosotros respaldamos la propuesta del presidente de la República. El propósito es tratar de reducir estos delitos, ya que se han cometidos asesinatos con mucha saña, que en Nicaragua nunca habíamos visto”, dijo la doctora Ramos.

La iniciativa del presidente Daniel Ortega Saavedra fue interpretada por la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, que viene a reforzar las leyes en materia penal que tienen una función preventiva del delito. La propuesta ejecutiva ya está en discusión y fue recibida por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional que realizarán consultas a diversos sectores. Las propuestas de reformas son al Código Penal, Ley 641, Código Procesal Penal, Ley 406 y a la Ley 779, Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres.

La titular del máximo órgano de justicia, defendió la propuesta de imponer la medida cautelar de prisión preventiva a los procesados por delitos graves.

“Si es un delito grave, la medida cautelar debe ser prisión preventiva. En algunos departamentos como Matagalpa los jueces acostumbraban decretar prisión domiciliar en los delitos como asesinato y eso no es posible, porque lo más lógico es que el reo se va a fugar”, argumentó la magistrada Ramos.

Agregó que “nosotros tuvimos problemas con jueces que en algunos casos nos decían que la prisión preventiva no era obligatoria, pero hay delitos que solamente pueden ser juzgados bajo esta medida cautelar”.

La funcionaria del Poder Judicial explicó que existe una disposición en el Código Procesal Penal, según la cual los jueces deben valorar la gravedad del delito para imponer la medida cautelar.

Con la reforma penal, los procesados por los delitos considerados como graves por sus penas, también podrán ser juzgados fuera de sus localidades de origen, por cuestiones de seguridad.

“Hay delitos muy graves que no pueden ser juzgados en territorios alejados, en Managua se prestan las mejores condiciones de seguridad. Son delitos especiales, como los que atentan contra la seguridad del Estado y el orden público nacional”, explicó la doctora Ramos.

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