El Consorcio Panorama Electoral integrado por las organizaciones: Grupo Cívico Ética y Transparencia, Instituto de Liderazgo de las Segovias, Movimiento de Mujeres de Chinandega y la Red de Mujeres Chontaleñas, afirman en su tercer informe de observación sistemática electoral independiente y cualitativa, que la Ley número 932 del 11 de agosto aprobada por la Asamblea Nacional, en la cual se reforman de la Ley Electoral los artículos 31, 32, 33, 34, 35 y 37 y el artículo 37 de la Ley de Identificación Ciudadana, Ley 152, en esencia elimina la JRV como la unidad de adscripción del votante dejando de referencia el Centro de Votación, establece la cedulación permanente suspendiéndose 30 días antes de la elección y el deber del Consejo Supremo Electoral (CSE) de publicar el padrón electoral en su página web permanentemente actualizado desde el momento de la convocatoria.
Expresa el Consorcio Panorama Electoral: Dejamos sentado que, en la formación de la ley de reformas Ley No 932, se violó la constitución por ende es inconstitucional, al no haberse seguido el procedimiento que establece el artículo 195 de la Constitución Política que indica el procedimiento a seguir para reformar leyes de rango constitucional como lo es la Ley Electoral. No se cumplió con el requisito de la formación de la ley en dos legislaturas, no se cumplió con la formación de una comisión especial para elaborar el dictamen de ley en el plazo no mayor de sesenta días, en cambio, se pasó el proyecto de ley de manera directa al plenario para su discusión y aprobación violentándose así el procedimiento”, dice el análisis de la situación política electoral 2016.
El consorcio está constituido por organizaciones sociales como el Grupo Cívico Ética y Transparencia, Instituto de Liderazgo de las Segovias, Movimiento de Mujeres de Chinandega y la Red de Mujeres Chontaleñas. Está integrado por Roberto Courtney Cerda, Haydeé Castillo, Alberto Sequeira, María Regina Alvarado, Fernando Sánchez, María López, Ada Romero.