Hablando de la trata de personas en este reporte, en Nicaragua fue apresada una presentadora de televisión por supuestos vínculos con este lamentable delito
El Departamento de Estados de Estados Unidos, desplazó a Nicaragua a un nivel 2, por el delito de trata de personas, que según el informe dado por ese país indica que el gobierno nicaragüense no cumple a cabalidad con las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas, uno de los peores delitos a nivel internacional.
Así mismo el informe estadounidense destaca que el Gobierno efectúa “esfuerzos significativos para su cumplimiento”, pero que no hubo avances en estos mismos, al hacer un balance en relación al año pasado.
También el análisis indicó que no existieron investigaciones, procesos judiciales ni condenas contra trabajadores del Gobierno cómplices en delitos de trata de personas. Y recalca que la corrupción es generalizada en Nicaragua.
No obstante el informe señala que las mesas departamentales estuvieron en gran medida “ineficaces” durante el año de 2016, debido a que no tomaron en cuenta aspectos claves de la Ley contra la Trata de Personas, como contar de un fondo financiero contra esa falta y considera de endebles los esfuerzos dirigidos al enjuiciamiento, protección y prevención de ese delito en las dos zonas Autónomas del Caribe de Nicaragua en relación al resto del país.
La Ley 896 de 2015, criminaliza todas las formas de trata de personas y establece penas que van de los 16 a los 18 años de cárcel para los culpables de la misma; estas condenas son suficientemente rigurosas y afines con las penas determinadas para otros delitos graves, como la violación.
El gobierno de Donald Trump tiene a Bolivia, Cuba, Guatemala, Haití, Nicaragua y Surinam en la lista de países “bajo observación” debido a no cumplir con los estándares internacionales que piden la erradicación del tráfico de personas.
Argentina, Brasil, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay se encuentran en el Grupo 2, que ubica a los países que no llenan plenamente los estándares estipulados por el Departamento de Estado pero han indicado tener “progresos”.
Parte del informe presentado por los Estados Unidos:
Los esfuerzos del gobierno en la aplicación de la ley continuaron siendo desiguales, enfocándose en su mayoría en la trata de personas para explotación sexual comercial. La Ley 896 de 2015 criminaliza todas las formas de trata de personas y establece penas que van de los 16 a los 18 años de cárcel; estas penas son suficientemente rigurosas y acordes con las penas establecidas para otros delitos graves, como la violación.
Sin embargo, la definición legal de la trata es incongruente con la ley internacional; la vincula a otros delitos, como la adopción ilegal, y establece el uso de la fuerza, la coerción y el engaño como un factor agravante y no como un elemento esencial de la mayoría de los delitos de trata de personas.
Las autoridades reportaron haber iniciado ocho investigaciones por trata de personas para explotación sexual comercial y el enjuiciamiento de 13 tratantes sexuales en siete casos en 2016, comparado con un total de 23 sospechosos enjuiciados en 8 casos en 2015.
Bajo la ley 896, los tribunales de primera instancia dictaron sentencia contra nueve tratantes sexuales en seis casos, la mayoría de los cuales incluyeron víctimas menores de edad, comparado con 10 tratantes sexuales sentenciados en seis casos en 2015; en un caso en particular, el gobierno reportó haber dictado sentencia a dos personas por conscientemente solicitar a un menor de 14 años practicar actos sexuales con fines comerciales.