La derogación de la Ley de Impuesto Patriótico se mantiene aplicada hasta que sea publicada en el diario oficial La Gaceta
Fue derogada ayer 7 de marzo de los corrientes la Ley 325 que es el impuesto patriótico a los bienes y servicios que son importados de Colombia, por los diputados de distintas tendencias de la Asamblea Nacional.
El reglamento que estaba activo desde el año 1999, se hizo para el pago de los juicios de Managua con Bogotá, ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya. La abolición de este impuesto había sido solicitado por el presidente Daniel Ortega Saavedra, apoyado por dos cámaras empresariales grandes.
90 congresistas votaron a favor de la derogación, por lo que los productos que provengan de Colombia, ya no tendrán el agravo de los impuestos.
El diputado en jefe de la bancada del Frente Sandinista Edwin Castro, aclaró que el reglamento queda abolido cuando sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta.
La rectificación la hace Castro para que la Dirección General de Aduanas se mantenga cobrando el impuesto patriótico a productos y bienes de origen colombiano, que se encuentran en tránsito y que no haya sean desaduanados en Nicaragua.
Esta ley no es retroactiva por lo que productos importados de Colombia antes de ser vendidos en el mercado nacional, sí deberán de pagar el agravio de 35% como impuesto.